Los autónomos sin plantilla o que tengan hasta nueve empleados podrán acceder al Kit Digital en dos fases entre junio y septiembre
Los autónomos con entre dos y ningún empleado podrán acceder al Kit Digital en septiembre
La convocatoria de ayudas del Kit Digital para los autónomos que tengan entre dos y nueve empleados se abrirá en junio y los que no dispongan de plantilla o no superen los dos trabajadores podrán solicitarla en septiembre. Aunque todos deberían darse ya de alta en https://acelerapyme.es/quieres-conocer-el-grado-de-digitalizacion-de-tu-pyme para tener preferencia en el acceso a los fondos.
En tres meses, concretamente en junio, se abrirá la convocatoria de ayudas del Kit Digital para los autónomos que tengan a su cargo entre tres y nueve empleados. Estos trabajadores por cuenta propia podrán solicitar 6.000 euros de ayuda para impulsar la digitalización en sus negocios, pero deberán realizar el test de autodiagnóstico entre marzo y mayo, antes de que se abra su plazo de solicitud. Por su parte, los autónomos que tengan dos, uno o ningún empleado a su cargo tendrán seis meses a partir de ahora para prepararse, ya que en septiembre será su turno para acceder a uno bono de hasta 2.000 euros con el que podrán digitalizar sus actividades.
La convocatoria más próxima, es para los autónomos que tengan entre diez y 49 trabajadores en su plantilla porque el plazo de solicitud de las ayudas se abrirá el 15 de marzo.
Según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE), a pesar de que la convocatoria está abierta durante meses, el plazo de inscripción se podría cerrar con antelación en caso de que se agote el presupuesto establecido: "las ayudas se concederán bajo el único criterio del orden de presentación de solicitudes, una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en la convocatoria", apunta la norma. Es por ello que si los autónomos ya tienen los trámites realizados en el momento en el que se abra el plazo, podrán ser los primeros en optar a la ayuda.
El 15 de marzo se abre la primera convocatoria de ayudas del Kit Digital pero sólo para los autónomos con más de diez trabajadores.
El primer paso es darse de alta en AceleraPyme y completar el Test tal y como hemos indicado.
El primer paso que ya pueden ir cumplimentando tanto los autónomos de entre dos y ceo empleados, como los que tienen entre tres y diez trabajadores a su cargo es la inscripción en la web AceleraPyme y realizar el test autodiagnóstico habilitado en la página. El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha puesto en marcha múltiples mecanismos para que los autónomos puedan adentrarse a la digitalización, y una de estas herramientas es el autodiagnóstico, cuya realización es obligatoria para acceder a las ayudas del Kit Digital.
Una vez cumplimentado este test, los profesionales tendrán ya muy agilizados los trámites para poder solicitar los fondos. Sólo tendrán que esperar a que se abra su convocatoria según las fechas señaladas e iniciar el procedimiento de solicitud.
Podrán elegir en qué gastar el dinero.
El Gobierno ha prometido a los autónomos que podrán elegir en qué gastar el dinero del Kit Digital para impulsar el uso de nuevas tecnologías en sus negocios. Estos bonos podrán utilizarse para implementar servicios que van desde el comercio electrónico, la creación de páginas web, hasta la digitalización de sus facturas y relaciones con clientes.
La forma que tendrán los autónomos de canjear estos bonos será a través de las empresas acreditadas como agentes de digitalización, las cuales le impartirán la formación requerida o le instalarán el servicio correspondiente en su negocio. El bono será transferido al correspondiente agente digitalizador para pagar los servicios prestados en un periodo de hasta 24 meses.
El Gobierno permitirá a los autónomos elegir en qué gastar el dinero del Kit Digital para impulsar sus negocios
¿Qué requisitos tienen que cumplir los negocios para ser beneficiarios?
Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa (entre 10 y 49 empleados a su cargo).
Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, donde se debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda.
No tener la consideración de empresa en crisis
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones. Tales como haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas; haber solicitado la declaración de concurso voluntario, ser insolventes o hallarse declarados en concurso; haber sido declarados culpables a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
No superar el límite de ayudas de que son todas aquellas subvenciones que por ser de baja cuantía no necesitan comunicar su concesión a la Comisión Europea. Este requisito de comunicar las subvenciones se realiza con el fin de comprobar si son compatibles con el mercado común.
Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
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